Glosario de finanzas islámicas
Definiciones breves y claras de los términos que aparecen al preguntar si un trato es halal. Cada entrada dice qué significa el término en la práctica y enlaza a la pregunta donde importa.
- Riba
- Incremento. Dinero prestado y devuelto con más, o el mismo tipo de artículo de riba intercambiado de forma desigual o con demora. Prohibido por el Corán (2:275-279).
- Riba al-nasi’ah
- El riba de la demora: un incremento cobrado por el tiempo. Interés sobre un préstamo, una deuda que crece cuando se retrasa, un intercambio del mismo tipo con una parte demorada.
- Riba al-fadl
- El riba del excedente: un intercambio desigual del mismo tipo en el acto, como oro viejo por menos oro nuevo.
- Qard hasan
- Un préstamo benevolente: dinero prestado y devuelto en la misma cantidad exacta, sin ningún beneficio para el prestamista. El único préstamo halal.
- Murabaha
- Venta con margen: el financiador compra un artículo, lo posee, y se lo vende a usted a un precio fijo más alto pagado con el tiempo. Halal cuando el precio nunca sube por la demora y el financiador realmente toma posesión.
- Ijara
- Alquiler: renta por el uso de un bien real que el arrendador posee y cuyo riesgo asume. El alquiler con opción a compra añade una promesa separada de vender o regalar el bien al final.
- Musharakah
- Sociedad: los socios aportan capital, comparten el beneficio en una proporción acordada y la pérdida en proporción al capital. Una sociedad decreciente (musharakah mutanaqisah) es la estructura habitual para financiar una vivienda de forma halal.
- Mudarabah
- Reparto de beneficios: una parte pone el capital, la otra trabaja; el beneficio se divide según una proporción acordada y la pérdida recae en el capital, salvo que la cause la negligencia del gestor. La base de las cuentas de inversión de los bancos islámicos.
- Salam
- Venta prepagada: el precio completo ahora por bienes descritos y entregados en una fecha fija. La excepción que permite pagar al agricultor antes de la cosecha. No permitida para el oro, las divisas ni, en la escuela hanafí, los animales.
- Istisna’
- Contrato por encargo: un artículo descrito que se fabricará o construirá a un precio fijo, pagado por fases o a la entrega. Un contrato propio de la escuela hanafí usado para viviendas sobre plano y financiación de obra.
- Tawarruq
- Comprar bienes a crédito y venderlos por efectivo a un tercero para obtener dinero. Permitido como comercio real; la forma organizada por el banco, donde el banco organiza ambas ventas, queda descartada por la Academia Fiqh de la OIC.
- ’Ina
- Vender a crédito y recomprar lo mismo por menos efectivo a la misma persona: un préstamo con incremento disfrazado de dos ventas. Prohibido en las escuelas hanafí, malikí y hanbalí.
- Sarf
- Cambio de divisas: dinero por dinero. Cualquier tipo de cambio entre divisas distintas, pero ambas partes deben entregarse al contado; la misma divisa debe ser igual.
- Gharar
- Incertidumbre en lo que se vende, su precio o su entrega, suficiente para convertir un trato en una apuesta. La razón por la que las opciones, los CFD y comprar la cosecha de una finca concreta no están permitidos.
- Maysir
- Apuesta: ganar por azar a costa de la pérdida de otro. Prohibido por el Corán (5:90). La especulación sobre diferencias de precio sin poseer nada entra aquí.
- Sukuk
- Certificados que dan la propiedad de una parte de bienes reales, con rendimientos que provienen de esos bienes. La alternativa halal a los bonos, siempre que no garanticen la devolución del capital como un bono.
- Bay’ mu’ajjal
- Venta a pago aplazado: el precio se fija ahora y se paga después, y puede ser más alto que el precio al contado.
- Al-kharaj bi-l-daman
- «El beneficio va unido a la responsabilidad»: solo puede ganarse sobre lo que se posee y cuyo riesgo de pérdida se asume (Sunan Abi Dawud). El principio detrás del alquiler, el beneficio del comercio y la sociedad.
- Mano a mano (yadan bi-yad)
- Ambas partes de un intercambio entregadas en el mismo encuentro. Obligatorio para dinero por dinero y para artículos de riba del mismo tipo; la liquidación habitual del mercado de uno o dos días cuenta como al contado.
- AAOIFI
- La Organización de Contabilidad y Auditoría para las Instituciones Financieras Islámicas, cuyas normas de la sharía sigue la mayoría de los bancos islámicos. Esta guía las usa como referencia contemporánea junto al mufti Taqi Usmani.
- Academia Fiqh de la OIC
- La Academia Internacional de Fiqh Islámico de la Organización de Cooperación Islámica, cuyas resoluciones resuelven muchas cuestiones modernas de finanzas entre las escuelas.
- Madhhab
- Una escuela de derecho islámico. Las cuatro escuelas sunitas son hanafí, malikí, shafi’í y hanbalí. Esta guía sigue la escuela hanafí y señala dónde difieren las demás.